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Ayudas económicas individuales al transporte
para el alumnado de formación profesional
Tal y como viene ocurriendo en los últimos años,
la
Consejería de Educación
ya ha publicado la orden por la que establecen
las bases reguladoras y se convocan ayudas
económicas individuales al transporte para el
alumnado de FP, durante la realización del
módulo profesional de Formación en Centros de
Trabajo (FCT) y la fase de formación práctica en
centros de trabajo Formación Profesional en
Centros de Trabajo (FPCT)
La
percepción de esta subvención es compatible con
cualesquiera otras subvenciones, ayudas,
ingresos o recursos para la misma finalidad,
procedentes de organismos públicos o privados,
sin que el importe total de las ayudas recibidas
pueda superar el coste de la actividad
subvencionada.
Se
establecen las siguientes modalidades:
v
Modalidad A:
Ø Ayudas económicas para alumnado que realiza
Formación en Centros de Trabajo o la Fase de
Prácticas en Centros de Trabajo en empresas o
instituciones situadas en la Comunidad Autónoma
de Cantabria.
v
Modalidad B:
Ø Ayudas económicas para alumnado que cursa el
Ciclo Formativo de Mantenimiento Aeromecánico,
de la familia profesional de Mantenimiento de
Vehículos Autopropulsados que realiza la
Formación en Centros de Trabajo en empresas o
instituciones situadas fuera de la Comunidad
Autónoma de Cantabria.
Ø
Ayudas
económicas para alumnado de otras Familias
Profesionales que por causas de disponibilidad
de puestos formativos en la Comunidad Autónoma
de Cantabria o por encontrarse el centro de
trabajo en provincias limítrofes, haya
autorizado la Dirección General de Formación
Profesional y Educación Permanente a realizar la
Formación en Centros de Trabajo en empresas o
instituciones situadas fuera de la Comunidad
Autónoma de Cantabria.
Forma, lugar y plazo de presentación de las
solicitudes.
v
La
solicitud, dirigida a la Consejera de Educación,
se formalizará en el modelo que figura como
anexo I por duplicado, y deberá ir acompañada
de la siguiente documentación:
Ø Fotocopia del documento nacional de identidad
(DNI) o del número de identificación de
extranjeros (NIE) del alumno/a.
Ø Copia del código cuenta cliente (C.C.C.) del
número de cuenta o cartilla donde desea se
ingrese la ayuda, de la que deberá ser titular
el alumno/a.
Ø
Declaración responsable de no estar incurso en
alguna de las prohibiciones para ser
beneficiario de subvenciones establecidas en el
artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio,
de Subvenciones de Cantabria, conforme anexo IV.
v El
alumnado que finalice la Formación en Centros de
Trabajo o la Fase de Prácticas en Centros de
Trabajo antes del 30 de junio de 2010, podrá
presentar sus solicitudes:
Ø Hasta el día 2 de junio de 2010, en la
secretaría de
DECROLY.
Criterios para la concesión.
Para
la concesión de las ayudas en la Modalidad A, se
tendrán en cuenta los siguientes criterios:
v La
distancia, que en jornada continua será la menor
de las existentes entre el centro de trabajo y
el Centro Docente o, entre el centro de trabajo
y la residencia habitual o domicilio familiar
del alumno/a, computándose un viaje de
ida/vuelta diario.
v
La
distancia, que en jornada partida será la suma
de:
Ø La
menor de las existentes entre el centro de
trabajo y el Centro Docente o, entre el centro
de trabajo y la residencia habitual o domicilio
familiar del alumno/a, computándose un viaje de
ida/vuelta diario.
Ø
a
existente entre la residencia habitual o
domicilio familiar del alumno/a y el centro de
trabajo, computándose un viaje de ida/vuelta
diario.
v El
número de días de asistencia efectiva al centro
de trabajo, por lo que no se contabilizan, para
la concesión de la subvención, los días lectivos
en los que el alumno/a acudió al centro
educativo.
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