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NOTICIAS - FORMACIÓN PROFESIONAL

  

 

Difusión

Maite Muñiz Bárcena

13/05/2010

 

 

Ayudas económicas individuales al transporte para el alumnado de formación profesional

Tal y como viene ocurriendo en los últimos años, la Consejería de Educación ya ha publicado la orden por la que establecen las bases reguladoras y se convocan ayudas económicas individuales al transporte para el alumnado de FP, durante la realización del módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo (FCT) y la fase de formación práctica en centros de trabajo Formación Profesional en Centros de Trabajo (FPCT)

El 12 de Abril fue publicada la orden EDU/30/2010. Ahora los tutores de FCT de DECROLY se encargarán de ayudar a sus alumnos en la tramitación de las mencionadas ayudas.

 

En este momento tenemos los grupos de los Ciclos Formativos de Grado Superior, Administración y Finanzas y Administración de Sistemas Infor-máticos, grupos de Ciclos Formativos de Grado Medio, Técnico en Siste-mas Microinformáticos y Redes, grupos de PCPI,  Servicios Adminis-trativos y de Oficina, Fontanería y Climatización y Montaje y Manteni-miento Informático. Los alumnos que para la realización del módulo de FCT y PFCT necesiten utilizar medio de transporte podrán solicitar estas ayudas.

 

La percepción de esta subvención es compatible con cualesquiera otras subvenciones, ayu­das, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de organismos públicos o pri­vados, sin que el importe total de las ayudas recibidas pueda superar el coste de la actividad subvencionada.

 

Se establecen las siguientes modalidades:

 

v       Modalidad A:

 

Ø       Ayudas económicas para alumnado que realiza Formación en Centros de Trabajo o la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo en empresas o instituciones situadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

v       Modalidad B:

 

Ø      Ayudas económicas para alumnado que cursa el Ciclo Formativo de Mantenimiento Aero­mecánico, de la familia profesional de Mantenimiento de Vehículos Autopropulsados que realiza la Formación en Centros de Trabajo en empresas o instituciones situadas fuera de la Comuni­dad Autónoma de Cantabria.

Ø      Ayudas económicas para alumnado de otras Familias Profesionales que por causas de disponibilidad de puestos formativos en la Comunidad Autónoma de Cantabria o por encon­trarse el centro de trabajo en provincias limítrofes, haya autorizado la Dirección General de Formación Profesional y Educación Permanente a realizar la Formación en Centros de Trabajo en empresas o instituciones situadas fuera de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

 

Forma, lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

 

v       La solicitud, dirigida a la Consejera de Educación, se formalizará en el modelo que figura como anexo I  por duplicado, y deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

 

Ø      Fotocopia del documento nacional de identidad (DNI) o del número de identificación de extranjeros (NIE) del alumno/a.

Ø      Copia del código cuenta cliente (C.C.C.) del número de cuenta o cartilla donde desea se ingrese la ayuda, de la que deberá ser titular el alumno/a.

Ø      Declaración responsable de no estar incurso en alguna de las prohibiciones para ser be­neficiario de subvenciones establecidas en el artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, conforme anexo IV.

 

v      El alumnado que finalice la Formación en Centros de Trabajo o la Fase de Prácticas en Centros de Trabajo antes del 30 de junio de 2010, podrá presentar sus solicitudes:

 

Ø       Hasta el día 2 de junio de 2010, en la secretaría de DECROLY.

 

Criterios para la concesión.

 

Para la concesión de las ayudas en la Modalidad A, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

 

v      La distancia, que en jornada continua será la menor de las existentes entre el centro de trabajo y el Centro Docente o, entre el centro de trabajo y la residencia habitual o domicilio familiar del alumno/a, computándose un viaje de ida/vuelta diario.

v       La distancia, que en jornada partida será la suma de:

 

Ø      La menor de las existentes entre el centro de trabajo y el Centro Docente o, entre el centro de trabajo y la residencia habitual o domicilio familiar del alumno/a, computándose un viaje de ida/vuelta diario.

Ø       a existente entre la residencia habitual o domicilio familiar del alumno/a y el centro de trabajo, computándose un viaje de ida/vuelta diario.

 

v     El número de días de asistencia efectiva al centro de trabajo, por lo que no se contabi­lizan, para la concesión de la subvención, los días lectivos en los que el alumno/a acudió al centro educativo.

 

 

 

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