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Historia de la educación en España desde una
perspectiva legislativa
En un espacio muy breve de tiempo, el sistema
educativo español y de Cantabria ha
experimentado transformaciones sustanciales,
fruto del impacto legislativo producido, tanto
desde el ámbito del Ministerio de Educación como
desde nuestra Comunidad Autónoma. La formación
profesional, por ejemplo, ha reflejado,
asimismo, un cambio espectacular, en particular
desde la publicación y entrada en vigor de
Ley Orgánica de las
Cualificaciones y de la Formación Profesional
(LOCFP), de 2002.
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Conviene
recordar que, si exceptuamos la Ley
de Instrucción Pública, de 9 de
septiembre de 1857, más conocida como
Ley Moyano, -primera Ley General de
Educación- y la Ley General de
Educación (LGE) de 1.970, conocida
popularmente como Ley de Villar Palasí,
en honor al Ministro de Educación de la
época, -segunda Ley General de Educación
decretada en España- toda la normativa
se ha publicado en los últimos treinta
años, coincidiendo con la época más
cambiante de la historia de la
humanidad, en mi opinión. ¿Cuántos
gobiernos y regímenes políticos tuvo
España durante los ¡¡143!! años
que estuvo en vigor la Ley Moyano?
La Constitución
Española de 1978
devuelve a España la normalidad
democrática y, en materia de Educación,
proporcionó un amplísimo consenso
entre todas las fuerzas políticas de la
época.
Lamentablemente, decisiones partidistas
de los sucesivos gobiernos de España,
que utilizan la Educación como
instrumento para alcanzar réditos
políticos, nos conducen hacia una
situación indeseable que perdura hoy en
día. En ese entorno se enmarcan la
Ley Orgánica sobre el Estatuto de
Centros Escolares
(LOECE) de 1.980 –impulsada por |
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José Manuel Otero Novas-;
La
Ley Orgánica
Reguladora del Derecho a la
Educación (LODE) de
1.985 –inspirada por el que fuera Ministro de Educación
del gobierno de Felipe González, José Mª
Maravall y La
Ley Orgánica General de
Ordenamiento del Sistema Educativo (LOGSE),
de 1.990, que entró en vigor siendo Ministro
de Educación Fco. Javier Solana Madariaga.
Una excepción
puntual, en materia de consenso, fue la
Ley Orgánica de las
Cualificaciones y de la Formación Profesional
(LOCFP) de 2002. En mi opinión
ese consenso fue más ficticio que real,
posiblemente forzado por directivas comunitarias
procedentes de la
Unión Europea
(UE). El escenario de movilidad de
ciudadanos por motivos de residencia y de
trabajo, exigía una convergencia con las
políticas de cualificación y formación
profesional homologables con la Europa de los 27
de la que formamos parte. No quedaba margen, por
tanto, a discrecionalidades partidistas. De
hecho la ley fue aprobada por unanimidad, si mal
no recuerdo.
Sin embargo,
me voy a fijar en tres aspectos de la Ley muy
concretos que se han mantenido en el tiempo y
que no han sido objeto de interpretación o
revisión posterior:
Uno referido
a la finalidad de la Ley –artículo 1- en el que
podemos leer: “La presente ley tiene por objeto
la ordenación de un sistema integral de
formación profesional, cualificaciones y
acreditación, que responda con eficacia y
transparencia a las demandas sociales y
económicas a través de las diversas modalidades
formativas. La oferta de formación sostenida con
fondos públicos favorecerá la formación a lo
largo de toda la vida, acomodándose a las
distintas expectativas y situaciones personales
y profesionales. A dicha finalidad se orientarán
las acciones formativas programadas y
desarrolladas en el marco del Sistema Nacional
de Cualificaciones y Formación Profesional, en
coordinación con las políticas activas de empleo
y de fomento de la libre circulación de los
trabajadores”.
Otro,
expuesto en el artículo 2. Principios del
Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación
Profesional, en su apartado 3 d) propugna: “La
adecuación de la formación y las cualificaciones
a los criterios de la Unión Europea, en función
de los objetivos del mercado único y la libre
circulación de trabajadores”.
Un tercero,
relacionado con formación profesional –artículo
9- en el que determina que “La formación
profesional comprende el conjunto de acciones
formativas que capacitan para el desempeño
cualificado de las diversas profesiones, el
acceso al empleo y la participación activa en la
vida social, cultural y económica. Incluye las
enseñanzas propias de la formación profesional
inicial, las acciones de inserción y reinserción
laboral de los trabajadores, así como las
orientadas a la formación continua en las
empresas, que permitan la adquisición y
actualización permanente de las competencias
profesionales”.
Sin embargo,
el disentimiento aparece de nuevo con las
subsiguientes leyes. Así, la Ley
de Participación, Evaluación y Gobierno de los
Centros Docentes (LOPEG),
de 1995 y la
Ley de Calidad en la
Educación (LOCE), de 2.002
constituyen ejemplos claros de la falta de
entendimiento de los partidos políticos
mayoritarios. Su actitud sumerge a centros
públicos y privados, a las organizaciones
patronales y sociales y a la ciudadanía en una
crisis permanente.
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La
Ley Orgánica de
Educación (LOE), que entró en
vigor en 2.006, consolida la discrepancia
en materia de Educación, visualizada en el día a
día de las formaciones políticas. Por otro lado,
los altos índices de fracaso escolar y de
abandono en los niveles obligatorios, unido a
los malos resultados de las evaluaciones
externas, genera un caldo de cultivo entre la
ciudadanía que demanda con clamor un pacto
político y social por la Educación entre las
fuerzas políticas y sociales del país. El
ministro Gabilondo pilota, en estos momentos, un
debate generalizado en todo el país. Yo,
personalmente, confío de sus frutos positivos en
un próximo futuro y se alcance el deseado Pacto
de Estado por la Educación.
Con este
escenario en la esfera nacional, el gobierno de
Cantabria publica la
Ley de Cantabria
6/2008, de 26 de diciembre, de Educación de
Cantabria. Por vez primera
Cantabria tiene su propia Ley de Educación que
ordena el marco normativo de todas las
enseñanzas del
sistema
educativo y, por tanto, incluye el referido a la
formación profesional. Así, el artículo 45, al
definir los principios generales en los que se
sustenta, dice: “En el marco de los princi-
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generales establecidos en el
artículo 39 de la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación,
la Consejería de Educación establecerá las
medidas oportunas para adecuar la oferta pública
de Formación profesional al tejido productivo de
Cantabria”.
Finalmente,
para concluir este repaso histórico a través de
la normativa estatal y de la más reciente
promulgada por la comunidad autónoma de
Cantabria, una vez transferidas las competencias
educativas a las autonomías, nos encontramos
con el
Decreto 4/2010, de 28
de enero, por el que se regula la ordenación
general de la Formación Profesional en el
sistema educativo de la Comunidad Autónoma de
Cantabria. (BOC del 8 de febrero).
Hoy quiero
resaltar uno de los aspectos positivos del mismo.
Me refiero a lo establecido en el artículo 41.
Red de centros de Formación profesional, en su
apartado 1.: “Todos los centros que impartan
Formación profesional inicial, organizada en
ciclos formativos y que esté financiada con
fondos públicos de la Consejería de Educación,
constituirán una red en la que se coordinarán
las ofertas en aras del interés de las personas
destinatarias y la eficiencia de los recursos
públicos empleados”.
El hecho de
hablar de UNA RED, me permite pensar que estamos
poco a poco superando, al menos desde la
administración educativa, la dicotomía enseñanza
pública – enseñanza privada, sustituyéndola por
un calificativo más apropiado como es el de UNA
RED de centros sostenidos con fondos públicos.
Y para
concluir me gustaría formular un deseo y una
petición expresa que surge con fuerza desde el
interior de mis más profundas convicciones:
aquellos que tenéis la capacidad de consensuar y
llegar a pactos y acuerdos, recuperad el
espíritu del 78, el espíritu de la constitución
española de 1978. Las personas de mi generación
lo recordarán muy bien. Eran unos momentos
difíciles, políticamente hablando. Sin embargo
existía un clamor popular que demandaba cordura
y entendimiento a la clase política para crear
un marco en el que todos cupiéramos. Fue la
constitución del consenso que hoy perdura y es
nuestro referente indiscutible. Por ello, por la
tradición histórica de los españoles que somos
capaces de lograr retos inigualables ante las
más adversas circunstancias, debemos apostar por
un Pacto Político y Social por la Educación que
marque el inicio de una nueva época como lo hizo
la entrada en vigor de nuestra Carta Magna.
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